Es un documento que certifica los periodos de cotización que un trabajador/a ha acumulado en los países de la Unión Europea para calcular las prestaciones por desempleo.
Este formulario U1 se expide en el servicio público de empleo (u organismo equivalente) del último país en el que la persona estuvo cotizando, técnicamente se le conoce como PD U1 (Portable Document U1).
Si el documento debe presentarse a una institución española, los períodos de referencia que se han de registrar en el Formulario son de 6 años.
Los países que emiten y reconocen el U1 son los pertenecientes a la Unión Europea (UE) (Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido (antes del Bréxit), Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía) y los que también conforman el Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, los anteriores más Islandia, Liechtenstein y Noruega.
¿Para qué sirve y para quién?
Las personas que hayan trabajado en la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo y quieran recibir la prestación por desempleo en otro país de la UE.
¿En qué dos situaciones necesitará el formulario U1?
1. El U1 al salir de España a un país Europeo
2. El U1 al regresar de un país europeo a España
Si un trabajador español se desplaza por ejemplo a Holanda buscando trabajo y tiene cotizaciones por desempleo sin consumir en España, que le dan derecho a recibir una prestación, puede hacer dos cosas:
1) Exportar la prestación por desempleo (+info), que es solicitar al SEPE (INEM) que le pague tres o un máximo de seis meses del paro español, mientras se encuentra en Holanda buscando trabajo.
2) Si en Holanda ha encontrado trabajo y se queda en paro, con el documento U1 podrá acreditar las cotizaciones que tenía sin consumir en España para poder pedir el paro al servicio de empleo Holandés. Por eso, es recomendable llevarse ya el U1 desde España, antes de iniciar el viaje.
Del mismo modo, si un trabajador español ha cotizado en un país europeo, es recomendable que cuando lo abandone (para ir a otro o volver a España), solicite allí su formulario U1 para justificar los periodos trabajados y cotizados.
Esta recomendación la hacen las propias Consejerías de Empleo de las embajadas de España en Europa.
Por ejemplo, si hubiera estado trabajando en Holanda y fuera a retornar a España, el trabajador debería antes de salir solicitar al servicio de empleo holandés el documento U1.
Ejemplo:
Cristina ha estado trabajando como operaria logística durante dos años en Holanda y regresa a España. Mediante el formulario U1, el servicio público de empleo holandés acredita las cotizaciones que tiene acumuladas, para que Cristina pueda pedir la prestación por desempleo en España.
Este documento funciona como un pasaporte europeo de las cotizaciones que ha ido acumulando cada persona que trabaja.
Debe solicitarlo en la administración del país donde trabajó y presentarlo ante la administración del país donde quiere solicitar la prestación por desempleo.
- Si regresa a España desde un país europeo. Del mismo modo, si un trabajador español ha cotizado en un país europeo, es recomendable que cuando lo abandone (para ir a otro o volver a España) solicite allí su formulario U1 para justificar los periodos trabajados y cotizados.
- Si sale de España a un país europeo. Si se desplaza en busca de trabajo y tiene cotizaciones por desempleo sin consumir en España que le otorgan de derecho a una prestación, se pueden dar estas dos situaciones:
- Exportar la prestación por desempleo, solicitando al SEPE (INEM) que le pague la prestación durante un mínimo de 3 hasta un máximo de 6 meses, mientras se encuentra buscando trabajo (en este caso debería de solicitar además el formulario U2).
- Si ha encontrado trabajo en otro país de la UE y una vez allí se queda sin empleo, con el documento U1, podría acreditar las cotizaciones que tenía sin consumir en España, para poder pedir el paro ya allí. Por eso es recomendable llevarse ya el U1 de España, antes de iniciar el viaje.
Recomendaciones Generales:
Hay una serie de recomendaciones generales sobre la documentación que debe solicitarse al salir hacia España desde de un país Europeo en el que se ha trabajado:
Debe solicitar:
- La baja de su inscripción como residente en el Consulado, para poder empadronarse en España
- Toda la documentación relativa a su trabajo en Holanda (nóminas, liquidación, etc).
- Un informe de las cotizaciones que tiene acreditadas en el país europeo.
- La tarjeta sanitaria europea, para la cobertura de la asistencia sanitaria hasta que pueda obtenerla a cargo de la seguridad social española, por iniciar un trabajo u obtener alguna prestación en España que le permita la cobertura de este riesgo
- El formulario comunitario U-1 para totalizar los periodos de cotización acumulados en el país europeo y poder cobrar el desempleo en España.
¿Cómo hacer para agilizar el trámite?
Cuando un trabajador solicita el U1 ante la administración del país en el que trabajó, ésta puede decidir si dicho documento se lo entrega directamente al trabajador o bien si lo envía a la administración del país de destino. Para agilizar los trámites es preferible que sea el propio trabajador el que lo solicite directamente.
De este modo, un trabajador español que haya cotizado en países de la Unión Europea, puede solicitar el U1 al servicio de empleo del último país, antes de venir a España. También sería posible que lo pidiera a través del Servicio Público de Empleo español una vez que estuviera aquí, pero la primera opción, pedirlo directamente en el último país europeo, es la más rápida. La normativa establece que esta petición de documentación la debería hacer directamente el SEPE al servicio de empleo del otro país europeo, pero la realidad que hemos encontrado consultando a muchos españoles que han retornado, es que lo más práctico es que sea el propio trabajador el que solicite el U1.